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EX-2023-55720015-APN-SGASAD#TFN (Crucero del Norte SA)

La responsabilidad sancionatoria administrativa es objetiva y no requiere la demostración de dolo o culpa para su configuración.

Competencia Multa Costas Comiso

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza el recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que sanciona a una empresa dedicada al transporte de encomiendas por infracción al Código Aduanero, específicamente por la tenencia de mercancías importadas con fines comerciales sin cumplir con las formalidades legales requeridas. Se cuestiona la legitimidad de la sanción aplicada, la adecuada motivación administrativa, la correcta imputación de responsabilidad a la empresa recurrente y la aplicabilidad de la normativa que regula la actividad de encomiendas. El Tribunal examina la naturaleza del servicio prestado, la responsabilidad administrativa objetiva, la ausencia de necesidad de demostrar dolo o culpa, y evalúa el alcance y límites de la potestad sancionatoria en el ámbito aduanero y administrativo. Asimismo, se profundiza en la distinción entre las normas penales y administrativas sancionadoras, la ponderación de causas de justificación y la razonabilidad en la imposición de responsabilidades objetivas en actividades reguladas.

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