LDC ARGENTINA SRL c/DGA s/recurso de apelación
La tasa de interés aplicable para calcular los intereses resarcitorios debe ajustarse conforme a lo establecido en la resolución administrativa vigente al momento de la liquidación, aunque haya habido modificaciones posteriores a la sentencia que est
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la cuestion sobre la correcta aplicación de la tasa de interés para el cálculo de intereses resarcitorios adeudados por el Fisco en el marco de una sentencia previa, en la cual se determinó que debía utilizarse la tasa establecida en el artículo 4° de una resolución administrativa específica. El Tribunal examinó la oportunidad procesal y normativa para actualizar la liquidación conforme a modificaciones posteriores en las tasas de interés mediante nuevas resoluciones ministeriales, evaluando la prelación temporal entre las sentencias firmes y las disposiciones administrativas vigentes. El análisis incluyó la adecuación de la liquidación a dichas modificaciones normativas, la determinación del monto total del capital y los intereses al momento de la liquidación provisoria, y la interpretación de normas jurídicas relativas al devengamiento de intereses hasta la fecha de pago efectivo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: