SILA ARGENTINA S.A. c/ Dirección General de Aduanas
El certificado de origen es un requisito sustancial e indispensable para acreditar el origen de mercaderías y acceder al régimen preferencial arancelario en el marco de acuerdos internacionales de comercio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un caso relacionado con la importación de materia prima proveniente de Brasil, en el que se cuestionó la falta de presentación del certificado de origen exigido para obtener un régimen preferencial arancelario en el marco del Acuerdo de Complementación Económica. La controversia se centra en si la ausencia de dicho certificado, a pesar de haberse garantizado la diferencia tributaria correspondiente, puede ser suplida por otros medios probatorios para acreditar el origen de la mercancía. El Tribunal analizó la naturaleza del certificado de origen como requisito sustancial y no sólo formal para gozar de beneficios arancelarios, y examinó el alcance del principio de informalismo en materia aduanera y el régimen específico aplicable al origen dentro del MERCOSUR y acuerdos bilaterales, valorando además la pertinencia y admisibilidad de la prueba ofrecida por la recurrente.
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