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ALBA CIA. ARG. DE SEG. S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación

El auto de apertura de sumario en procedimiento aduanero es válido si está fundado en una denuncia que consigna hechos específicos y cumple con lo dispuesto en el artículo 1094 del Código Aduanero.

Iva Ganancias Nulidad Multa Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizaron recursos de apelación contra la Resolución administrativa que exigió el pago de tributos, intereses y multas relativas a un régimen de importación temporaria, donde el importador no cumplió con la obligación de regularizar la mercadería dentro del plazo otorgado, configurando la infracción aduanera de acuerdo al artículo 970 del Código Aduanero. Se cuestionó la validez del auto de apertura de sumario, la prescripción tributaria, la liquidación en dólares de los tributos, la aplicación de intereses y la obligación del garante, representado por una aseguradora que avaló la operación mediante seguro de caución. Se examinó la carga de la prueba respecto a la reexportación de la mercadería y la validez del Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC) emitido por organismo competente. Se analizaron los aspectos formales y sustantivos pertinentes al régimen de importación temporaria, la interpretación del art. 20 de la ley 23.905 y normas conexas, además de la normativa sobre intereses y su fijación por la autoridad competente. También se estudió la aplicación del precedente judicial relevante en materia impositiva aduanera y la naturaleza jurídica del seguro de caución.

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