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SAN MARTIN JUAN JOSÉ FÉLIX s/ beneficio de litigar sin gastos (BLSG)

El beneficio de litigar sin gastos persigue proteger a quienes carecen de recursos para afrontar las erogaciones del proceso, pero no a quienes sólo adolecen de falta de liquidez.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la procedencia del beneficio de litigar sin gastos (BLSG) solicitado por una parte que alegó carecer de recursos para afrontar el pago de la tasa de actuación en el proceso ante el Tribunal Fiscal de la Nación. Se analizó la situación económica alegada, incluyendo la falta de ingresos, la ausencia de bienes registrales a su nombre y antecedentes de litigios previos. Se examinó la prueba testimonial y documental aportada, así como los informes de entidades financieras y registros oficiales para valorar la verosimilitud de la carencia de recursos. El Tribunal abordó el marco legal aplicable según la ley 25.964, resaltando que la concesión del beneficio requiere acreditación suficiente de la imposibilidad de afrontar los gastos y que la mera falta de liquidez no basta. El análisis se centró en determinar si concurren los requisitos legales y probatorios para otorgar la exención del pago de la tasa en función de la situación concreta del solicitante.

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