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El Dr. Juan Manuel Soria dijo

El certificado de origen es un requisito esencial y sustancial para acceder al tratamiento arancelario preferencial en importaciones sujetas al régimen del MERCOSUR y sus acuerdos complementarios.

Competencia Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se controvirtió la aplicación del régimen aduanero preferencial en una importación de materia prima procedente de Brasil mediante la presentación incompleta del certificado de origen exigido por el Acuerdo de Complementación Económica nº 14 y protocolos adicionales al MERCOSUR. La discusión giró en torno a la validez de la liquidación aduanera por falta de presentación del certificado que acredite el origen y permita acceder al tratamiento arancelario preferencial, frente a la oferta de otros medios probatorios para acreditar dicho origen. El análisis del Tribunal se centró en la naturaleza sustancial del certificado de origen, la posibilidad o no de admitir pruebas alternativas en ausencia del documento formal, la garantía de los tributos correspondientes ofrecida por el recurrente y la interpretación del régimen de origen conforme a la normativa del MERCOSUR y las resoluciones administrativas aplicables.

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