Sentencia TFN INLEG-2024-14772034-APN-VOCVI#TFN
Cuando dos procesos son idénticos, corresponde ordenar el archivo del iniciado con posterioridad conforme al artículo 354 inciso 3 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que determinó de oficio el Impuesto a las Ganancias correspondiente al periodo fiscal 2018, cuestionándose aspectos vinculados a la tramitación del recurso y la eventual existencia de procesos duplicados. Se identificó que el recurso en cuestión aludía a la misma resolución determinativa considerada en otros expedientes en trámite ante distintas vocalías del Tribunal. Esta situación generó la necesidad de evaluar la procedencia del archivo del expediente sobre la base de la identidad de procesos y las normas procesales aplicables.
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