CENTRO TECNOLOGICO AGROPECUARIO S.R.L. c/ DGA s/ recurso de apelación
La nulidad de una resolución administrativa por supuesta falta de otorgamiento de audiencia se considera relativa y subsanable cuando la parte afectada puede ejercer plenamente su derecho de defensa en la instancia jurisdiccional posterior, evitando
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la legalidad de la resolución administrativa que impuso una multa a una empresa por incumplimiento en los plazos y cantidades comprometidas para la exportación bajo un régimen especial regulado por la Ley 21.453. Se discutieron objeciones respecto a la nulidad del procedimiento por falta de otorgamiento de audiencia y la posibilidad de alegar causales de fuerza mayor, específicamente la pandemia de COVID-19, para justificar el incumplimiento. Además, se examinaron las consecuencias en la determinación y graduación de la multa aplicable, considerando la concurrencia de normativas distintas que regulan sanciones por la misma conducta, lo que implicó analizar la aplicación del principio de la ley penal más benigna y la normativa procedimental aplicable al régimen sancionatorio. El Tribunal evaluó la suficiencia de la prueba ofrecida, la interpretación conjunta de las normas específicas y el Código Aduanero, así como la validez de las alegaciones sobre force majeure y el respeto al derecho de defensa en el proceso administrativo.
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