TECNOLOGÍA AVANZADA EN TRANSPORTE S.A. s/apelación
En sede administrativa, la restricción a la defensa no viola el artículo 18 de la Constitución Nacional si existe posibilidad de subsanación en instancia jurisdiccional posterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la apelación contra determinaciones de oficio en materia de impuestos a las ganancias e impuesto al valor agregado correspondientes a un período fiscal específico, basadas en ajustes por diferencias entre ventas declaradas y acreditaciones bancarias. Se examinan cuestiones relativas a la validez y nulidad de los actos administrativos, la admisión y rechazo de pruebas ofrecidas, la presunción legal aplicable para la reconstrucción de la materia imponible y la procedencia de ajustes por base presunta. El Tribunal evalúa la metodología empleada por la autoridad fiscal, la carga de la prueba, y la correlación entre las operaciones declaradas y los ingresos o anticipos de clientes, así como la documentación aportada y las respuestas de terceros afectadas. Se consideran también las reglas interpretativas en cuanto a la finalidad del acto administrativo y las presunciones legales previstas en la normativa tributaria.
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