Brooke, Claudio Andrés c/ D.G.A. s/ Apelación
La infracción prevista en el artículo 970 del Código Aduanero se configura con el incumplimiento de las obligaciones asumidas por el régimen de importación temporaria, sin requerir dolo específico, bastando la existencia del incumplimiento para presu
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que impuso una multa por infracción a las normas aduaneras relacionadas con el régimen de importación temporaria de vehículos. La controversia gira en torno a la legalidad del procedimiento de aforo y notificación durante el control aduanero, y la aplicación de la normativa específica para tránsito vecinal fronterizo y admisión temporaria de automotores. Se examinaron aspectos formales y sustanciales del procedimiento administrativo, la interpretación de disposiciones aduaneras y reglamentarias, la configuración de la infracción por incumplimiento de deberes en el marco de la importación temporaria, y la relevancia del formulario OM 1956 como requisito del régimen. Además, se discutieron criterios sobre la responsabilidad y carga de la prueba en infracciones aduaneras, y se evaluó el alcance de eximentes basadas en errores de hecho o de derecho.
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