COFCO INTERNATIONAL ARGENTINA S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
La interpretación estricta y formal del artículo 1069 del Código Aduanero no debe llevar a una denegación de justicia cuando ello implica desconocer la necesidad de tutela judicial efectiva y genera incertidumbre sobre montos abonados bajo protesta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso se centra en un reclamo de repetición de pago excesivo en concepto de derechos de exportación efectuado por un contribuyente que impugna la negativa de la Aduana a devolver sumas abonadas bajo protesta. La controversia gira en torno a la interpretación y aplicación de las resoluciones ONCCA, afectadas por sentencias judiciales que declararon su nulidad, y la correcta aplicación del artículo 1069 del Código Aduanero respecto a la admisibilidad de la repetición tras procedimientos impugnatorios. Se examinan además las tasas de interés aplicables a la devolución de montos pagados indebidamente, evaluando la constitucionalidad y razonabilidad de las mismas frente a las fluctuaciones económicas y normas del Banco Central de la República Argentina. El Tribunal analiza la tensión entre una estricta aplicación formal del procedimiento administrativo y la tutela judicial efectiva, procurando un equilibrio que garantice justicia material y evite enriquecimientos indebidos del Fisco.
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