ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La carga de la prueba sobre el cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de importación temporaria recae sobre el beneficiario del régimen, quien debe demostrar fehacientemente la reexportación o nacionalización oportuna mediante documen
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal analizó un recurso de apelación presentado por una aseguradora que actuó como garante en una obligación tributaria derivada de una importación temporaria cuya mercadería no fue reexportada en tiempo y forma, configurando una infracción al régimen aduanero. Se discutió la inclusión en la deuda de un derecho adicional creado por decreto, la aplicación de percepciones de IVA adicional y ganancia, la correcta utilización del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) para la pesificación de la deuda originalmente expresada en dólares estadounidenses, así como la determinación del límite máximo de responsabilidad del garante conforme a la póliza emitida. El Tribunal examinó antecedentes normativos, jurisprudenciales y probatorios relacionados con la carga de prueba sobre el cumplimiento del régimen de importación temporaria, los alcances de la responsabilidad del garante, y la constitucionalidad y legalidad de ciertas normas y métodos de cálculo aplicados.
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