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a fin de resolver en los autos caratulados: CURTIEMBRE ANGEL GIORDANO S.R.L. c/ D.G.A. s/recurso de apelación

La corrida de vista prevista en el artículo 1101 del Código Aduanero es un trámite obligatorio que garantiza el derecho de defensa y el debido proceso en procedimientos administrativos aduaneros.

Competencia Nulidad Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que archivó un sumario infraccional pero ordenó el pago de tributos aduaneros derivados de una importación temporal. La controversia giró en torno a la nulidad de la resolución impugnada, por la demora excesiva en su notificación, falta de corrida de vista conforme al artículo 1101 del Código Aduanero, y presunta prescripción de la acción fiscal. Se evaluó si la omisión del procedimiento formal de audiencia y vista en el sumario administrativo vulneró el derecho de defensa y el debido proceso. El Tribunal examinó la competencia, requisitos formales, y garantías constitucionales aplicables, así como precedentes de jurisprudencia nacional y federal. Se consideraron también los límites del control judicial y la naturaleza rescisoria o revisora del Tribunal sobre actos administrativos.

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