GARCÍA LUIS ANTONIO c/D.G.A. s/recurso de apelación
La infracción por declaración inexacta prevista en el artículo 954 inciso c) del Código Aduanero requiere que la declaración aduanera difiera de lo resultante de la comprobación y que dicha diferencia pueda producir un ingreso o egreso distinto al co
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examine la imputación de responsabilidad por parte del servicio aduanero ante la supuesta declaración inexacta del valor en aduana y la omisión en la presentación de la declaración de valor vinculadas a una operación de importación de maquinaria pesada. El análisis se centra en las diferencias entre el precio FOB declarado y los pagos realizados al exterior, incluyendo la validez contractual de pagos fraccionados y su impacto en materia aduanera. Se discute la interpretación de las infracciones previstas en los artículos 954 inciso c) y 994 inciso a) del Código Aduanero, junto con la valoración de la suficiencia probatoria y la motivación de la resolución administrativa impugnada. Se aborda el alcance del principio de tipicidad estricta en infracciones formales y la relevancia del principio de realidad económica frente a formalismos en el control aduanero.
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