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CLADD INDUSTRIA TEXTIL ARGENTINA SA c/ DGA s/ recurso de apelación

El principio non bis in idem requiere la concurrencia simultánea de identidad de sujeto, identidad de hecho y identidad de causa para su configuración, protegiendo así contra doble persecución por el mismo hecho.

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un procedimiento administrativo sancionatorio impuesto por la autoridad aduanera contra la empresa demandada por presunta infracción al régimen de importación temporal, específicamente la falta de acompañamiento del Permiso de Embarque vinculado al despacho de importación temporal. Se cuestionó la validez del procedimiento, alegando nulidad por ausencia de documentación original o copia del despacho cuestionado, así como una supuesta violación al principio constitucional non bis in idem debido a la repeatedue investigación y sanción sobre hechos idénticos. Se examinó el principio non bis in idem conforme al Código Aduanero y la jurisprudencia de la Corte Suprema, evaluando la concurrencia de identidad de sujeto, hecho y causa jurídica para determinar si existió reiteración punitiva. Además, se discutió el respeto a las garantías constitucionales y el debido proceso en el marco de la actuación administrativa, con análisis del contexto procedimental y las resoluciones previas vinculadas al mismo caso.

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