MERISANT ARGENTINA SRL c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La destinación de importación temporaria implica la obligación de reexportar la mercadería dentro del plazo establecido, y su incumplimiento configura una infracción sancionada conforme al artículo 970 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación presentado contra la imposición de una multa por la presunta infracción del artículo 970 del Código Aduanero, relacionada con la nacionalización extemporánea de mercadería importada bajo un régimen de importación temporaria. La controversia se centró en si la acción penal debía extinguirse por el pago voluntario del mínimo de la multa y si correspondía examinar la procedencia o nulidad de la notificación y el pago realizado. El Tribunal evaluó los antecedentes administrativos y los actos de nacionalización, la documentación aportada, así como la interpretación del régimen legal aplicable a la importación temporaria y al beneficio de extinción de la acción penal mediante el pago mínimo.
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