CONSULTORES MARITIMOS S.R.L. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ APELACIÓN
La tasa de interés aplicable a deudas expresadas en dólares estadounidenses debe ajustarse a la normativa vigente para cada período correspondiente, como lo establecen las resoluciones ministeriales específicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una controversia tributaria vinculada a la liquidación de tributos aduaneros sobre mercadería faltante, con especial atención a la correcta aplicación de las tasas de interés sobre las sumas adeudadas en dólares estadounidenses. Se discutió el cálculo de intereses desde la fecha de notificación de los cargos tributarios, integrando distintas tasas según la normativa vigente en dos períodos: hasta julio de 2019 y a partir de esa fecha. Se examinó la normativa administrativa aplicable, incluidas resoluciones ministeriales, y la interpretación jurídica de las tasas de interés aplicables conforme a precedentes y parámetros establecidos en sentencia de fondo. El Tribunal analizó la adecuación y corrección de las liquidaciones practicadas por la administración y su impugnación, con especial énfasis en la determinación de las tasas aplicables a la deuda expresada en moneda extranjera y el momento desde el cual deben devengarse los intereses.
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