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INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

La infracción de declaración inexacta en materia aduanera requiere que la inexactitud sea idónea para generar el efecto lesivo previsto en el artículo 954 inciso c) del Código Aduanero, esto es, un ingreso real o potencial de un importe menor al corr

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que sancionó con multa a una empresa por una presunta declaración inexacta en una operación aduanera de exportación con insumos importados temporalmente sin giro de divisas. El caso involucra la interpretación del valor FOB declarado en el permiso de embarque conforme a la normativa aduanera vigente, en particular el Aviso DGA 54/2002, y la aplicación del artículo 954 inciso c) del Código Aduanero, que sanciona declaraciones inexactas que puedan ocasionar ingreso menor de divisas al Estado. Se discutió si la inexactitud declarada configuraba dicha infracción o si correspondía otro encuadre normativo. El Tribunal examinó la naturaleza de la inexactitud en la declaración, la aplicación normativa del régimen de importación temporal con transformación, y la posibilidad de sancionar la conducta según el efecto lesivo previsto y los estándares jurisprudenciales, además del régimen de condonación previsto en la legislación vigente.

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