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por la Administración Federal de Ingresos Públicos el 27/12/2023 con motivo de la solicitud de devolución presentada por la firma LA AGRÍCOLA S.A. en relación a la destinación de exportación N° 18 038 EC01 024850 S (cuya documentación luce agregada a

La demora excesiva del servicio aduanero en resolver procedimientos administrativos configura un perjuicio que habilita la procedencia del recurso de amparo conforme al art.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la procedencia de un recurso de amparo interpuesto por una empresa ante la demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver un procedimiento de repetición relacionado con la solicitud de devolución de tributos por derechos de exportación. El expediente administrativo estuvo paralizado por más de un año y medio sin actos procesales útiles, y se analizó si esta demora excedió los plazos razonables establecidos en el Código Aduanero y normativa aplicable, considerando la urgencia administrativa y los derechos del administrado. La cuestión jurídica principal giró en torno a la configuración de la demora excesiva, el perjuicio causado, y la aplicabilidad del recurso de amparo previsto en el art. 1160 del Código Aduanero, así como la interpretación de los estándares constitucionales sobre el derecho a una resolución en plazo razonable.

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