Sentencia TFN INLEG-2025-92457740-APN-VOCXV#TFN
El recurso de amparo por demora excesiva previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero puede interponerse cuando la administración aduanera no resuelve un trámite en tiempo razonable, previa petición de pronto despacho y transcurrido el plazo lega
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto por una empresa en el ámbito aduanero, reclamando una demora excesiva en la tramitación de un procedimiento de repetición iniciado para solicitar la devolución de pagos en exceso por derechos de exportación. La controversia se centró en determinar si el servicio aduanero incurrió en una demora que afectara el ejercicio normal del derecho reclamado, a partir del plazo transcurrido desde la presentación de la solicitud de devolución y el pedido de pronto despacho. El Tribunal examinó las constancias administrativas del expediente, la normativa aplicable al amparo por mora, los plazos previstos para el procesamiento de la repetición y la razonabilidad del tiempo empleado, considerando además la carga logística y la naturaleza del procedimiento. Asimismo, se ponderaron los estándares legales para la configuración de la mora excesiva, los efectos del retraso en el derecho de repetición y la legitimidad del amparo como remedio excepcional para garantizar la celeridad administrativa.
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