EX-2025-28024162-APN-SGASAD#TFN (MOLFINO HERMANOS S.A.)
El artículo 1164 del Código Aduanero impide al Tribunal Fiscal de la Nación pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de normas tributarias o aduaneras salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya haya declarado su invalidez.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se debatió la procedencia de la devolución de derechos de exportación abonados por un contribuyente, cuestionándose la validez constitucional y legal del Decreto que estableció dichos derechos sin una norma legislativa previa explícita. El Tribunal analizó los límites constitucionales a la delegación legislativa al Poder Ejecutivo para establecer tributos, la aplicación de principios de legalidad y reserva de ley en materia tributaria, y la vigencia y eficacia de normas dictadas por el Poder Ejecutivo en ejercicio de facultades delegadas, en el marco de las leyes que regulan el control legislativo posterior de decretos delegados. Se evaluaron antecedentes jurisprudenciales, especialmente sobre la inconstitucionalidad y nulidad de actos reglamentarios que fijan tributos sin autorización legislativa válida, y se diferenció la situación de este caso de precedentes anteriores con circunstancias legales distintas. Asimismo, se abordaron los efectos de la ratificación legislativa posterior y la interpretación conforme a principios constitucionales para asegurar la coherencia y validez del sistema tributario-administrativo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: