UNITEC BIO S.A. c/ Administración General de Aduanas s/ Apelación
Para apartarse del método de valoración basado en el precio pagado o por pagar establecido en el Código Aduanero, el servicio aduanero debe contar con antecedentes que justifiquen que dicho precio difiere notoriamente de valores corrientes y debe eje
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la apelación contra un cargo tributario formulado por la Administración General de Aduanas, basado en un ajuste de valor aplicado a la destinación de exportación de biodiesel puro. La controversia giró en torno a la adecuación del método de valoración utilizado por la Aduana, el cumplimiento de la normativa legal y administrativa vigente, y la justificación técnica del ajuste aplicado. Se examinaron los documentos administrativos y periciales aportados, la comparación de valores declarados y valores promedio de mercado, así como el cumplimiento de formalidades como la publicación de ajustes en el Boletín Oficial. El Tribunal evaluó si el apartamiento del valor declarado respondía a criterios legales y si la Aduana justificó debidamente la discrepancia con precios oficiales o comparables, conforme al Código Aduanero y regulaciones complementarias.
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