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UNITEC BIO S.A. c/ Administración General de Aduanas s/ Apelación

Para apartarse del método de valoración basado en el precio pagado o por pagar establecido en el Código Aduanero, el servicio aduanero debe contar con antecedentes que justifiquen que dicho precio difiere notoriamente de valores corrientes y debe eje

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la apelación contra un cargo tributario formulado por la Administración General de Aduanas, basado en un ajuste de valor aplicado a la destinación de exportación de biodiesel puro. La controversia giró en torno a la adecuación del método de valoración utilizado por la Aduana, el cumplimiento de la normativa legal y administrativa vigente, y la justificación técnica del ajuste aplicado. Se examinaron los documentos administrativos y periciales aportados, la comparación de valores declarados y valores promedio de mercado, así como el cumplimiento de formalidades como la publicación de ajustes en el Boletín Oficial. El Tribunal evaluó si el apartamiento del valor declarado respondía a criterios legales y si la Aduana justificó debidamente la discrepancia con precios oficiales o comparables, conforme al Código Aduanero y regulaciones complementarias.

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