MORIXE HERMANOS S.A.C.E.I. s/recurso de apelación
El cumplimiento del debido proceso en materia tributaria administra incluye la adecuada motivación de los actos administrativos y la valoración de las pruebas ofrecidas, siempre garantizando la posibilidad de defensa en instancia judicial posterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizan tres resoluciones administrativas dictadas por la AFIP-DGI que determinaron de oficio impuestos y multas relacionados con los períodos fiscales 2010 y 2011, al imputar gastos y créditos fiscales considerados improcedentes, y aplicar sanciones por salidas no documentadas y ajustes del impuesto al valor agregado y al impuesto a las ganancias. La recurrente cuestiona principalmente la falta de motivación de los actos administrativos, la validez de ciertos asientos contables y facturas deducidas, la aplicabilidad y prueba del dolo en la imposición de multas, y el tratamiento de la cuenta contable "Trigo a fijar" argumentando que la reversión ocurrió en el mismo ejercicio fiscal y no en el siguiente. Se examinan aspectos procedimentales, probatorios y jurídicos relacionados con la motivación de los actos, la posibilidad de oferencia y valoración de pruebas, la aceptación parcial de un régimen de regularización tributaria que implicó desistimientos y condonaciones, y la correcta imputación temporal de gastos. El Tribunal fiscal procede a verificar el cumplimiento de las formalidades, la aplicación correcta de la ley de regularización, y definir la procedencia o improcedencia de ajustes basados en evidencia contable y documental, distinguiendo entre ajustes confirmados y revocados.
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