KIMBERLY CLARK ARGENTINA S.A. c/DGA s/recurso de apelación
El régimen de importación temporaria implica la obligación fundamental de reexportar la mercadería dentro del plazo concedido, bajo pena de incurrir en infracción según el artículo 970 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una controversia tributaria vinculada a la importación temporaria de mercadería bajo el régimen del Decreto 1439/96 y el Código Aduanero, en particular la aplicación del artículo 970 relativo a la inobservancia de obligaciones asumidas por el beneficiario del régimen. Se discutió la procedencia de la infracción administrativa por parte de la importadora, la acreditación documental necesaria para demostrar la reexportación total de la mercadería importada, y la interpretación de los certificados de tipificación y clasificación (CTC) vinculados a los permisos de embarque de exportación. Además, se examinaron cuestiones sobre la prescripción de la acción del fisco, la nulidad de la resolución por falta de fundamentación, y la interpretación y liquidación de los tributos y multas, incluyendo la exclusión de ciertos tributos conforme a precedentes de la Corte Suprema. El Tribunal evaluó la inversión de la carga de la prueba, el cumplimiento del régimen excepcional, y la adecuación de la multa y la base imponible, analizando discrepancias en la documentación aportada y criterios interpretativos recientes sobre el cálculo de tributos.
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