Molinos Río de la Plata S.A c/ DGA s/ recurso de apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley, en un caso concreto, ante el planteo efectuado por un recurrente, salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado tal inconstitucionalidad y el T
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el presente expediente se controvierte la procedencia de la devolución de derechos de exportación abonados por la empresa exportadora de biodiesel, en concepto de supuestos pagos en exceso derivados de la aplicación del Decreto 1719/2012, el cual establecía alícuotas móviles para la mercadería en cuestión. Se analiza el fundamento de la solicitud basada en la inconstitucionalidad alegada de dicho decreto por no contar con la ratificación legislativa, apoyándose en el precedente "Camaronera Patagónica". Por su parte, la Administración y el Tribunal examinan la vigencia y validez legal de los decretos y resoluciones involucrados, el régimen de delegación legislativa, la facultad del Poder Ejecutivo para establecer derechos de exportación conforme al Código Aduanero y la prerrogativa del Tribunal para declarar inconstitucionalidades. Se evalúan las reglamentaciones y ratificaciones parlamentarias posteriores, además de la aplicación de intereses y actualización monetaria en reclamos de repetición tributaria. Los votos de los jueces presentan distintas apreciaciones sobre estos puntos, reflexionando sobre la interpretación de normas legales y constitucionales, así como sobre la jurisprudencia aplicable al régimen tributario y delegación normativa para el establecimiento de tributos aduaneros.
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