EX-2022-51826799-APN-SGASAD#TFN (Bayer S.A.)
La liquidación de tributos pagados en demasía debe ajustarse a lo dispuesto en sentencias previas que fijan los parámetros para calcular capital e intereses resarcitorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la aprobación de una liquidación practicada por la Dirección General de Aduanas respecto de montos adeudados en concepto de tributos pagados en demasía, incluyendo capital e intereses resarcitorios hasta una fecha específica. Se examinaron antecedentes procesales que incluyen la caducidad del recurso extraordinario de la parte contraria y resoluciones previas de la Cámara, así como respuestas al traslado conferido para dilucidar la corrección técnica y jurídica de la liquidación propuesta. El Tribunal revisó particularmente la metodología para determinar los intereses resarcitorios y la conformidad de esos cálculos con las decisiones judiciales precedentes, considerando los estándares aplicables para validar la cuantificación de la deuda tributaria y sus actualizaciones.
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