Sentencia TFN INLEG-2025-108652812-APN-VOCXIII#TFN
El artículo 1160 del Código Aduanero habilita el recurso de amparo ante el Tribunal Fiscal únicamente cuando se configure una demora excesiva injustificada en la tramitación administrativa y se hayan cumplido previamente los requisitos de pedido de p
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto por una empresa exportadora ante el Tribunal Fiscal por presunta demora excesiva en la tramitación de un procedimiento administrativo para la devolución de tributos pagados en exceso en operaciones de exportación. La actuación administrativa inició tras un pedido formal y siguió los pasos previstos en el régimen de repetición, incluyendo la presentación de un pronto despacho y la emisión de informes técnicos y resoluciones de instrucción. Se debatió si existía una demora administrativa configuradora de la acción de amparo prevista en el Código Aduanero, considerando el cumplimiento de los plazos, la concurrencia de actos administrativos posteriores al pedido de pronto despacho, y la notificación a la parte interesada del avance del trámite. El Tribunal examinó las constancias documentales y los informes de la representación fiscal para determinar si se cumplían los requisitos legales para admitir el amparo y si la demora administrativa persistía o había sido superada al momento del análisis.
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