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El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una norma tributaria o aduanera salvo que la Corte Suprema haya declarado previamente dicha inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que rechazó la devolución de derechos de exportación pagados conforme al Decreto 793/2018, cuestionándose la validez constitucional de dicho decreto por considerarse una norma que impone tributos sin una ley formal habilitante válida y violatoria del principio de legalidad y reserva legal tributaria. Se examinó la cuestión de si el Poder Ejecutivo contó con atribuciones constitucionalmente válidas para fijar derechos de exportación mediante decreto, teniendo en cuenta precedentes de la Corte Suprema, la interpretación del Código Aduanero y la aplicación de la ley 27.467, que ratificó el decreto en cuestión. El tribunal ponderó además la doctrina establecida en un fallo plenario reciente del propio Tribunal Fiscal, que limita la facultad de declarar la invalidez del decreto para casos relativos a determinadas fechas, así como la imposición de costas y la legitimación activa para solicitar la repetición tributaria. El análisis giró en torno a la constitucionalidad y validez normativa del decreto, el alcance de la habilitación legal del Poder Ejecutivo para imponer tributos, y el efecto de la ratificación legislativa posterior, en el contexto del pago y posible devolución de derechos aduaneros.
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