COFCO INTERNATIONAL ARGENTINA S.A. c/ DGA s/recurso de apelación
De acuerdo con el artículo 1069 del Código Aduanero, no procede la repetición de pagos cuando la respectiva liquidación haya sido objeto de revisión en el procedimiento de impugnación administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal de la Nación analizó un recurso de apelación interpuesto por una empresa exportadora respecto a la negativa de la Dirección General de Aduanas (DGA) de devolver derechos de exportación abonados bajo protesta. La controversia se originó en torno a cargos formulados sobre la base de resoluciones del ONCCA que luego fueron declaradas nulas por la justicia federal por carecer de fundamentación y evidencia suficiente para sostener la pretensión tributaria. Se examinó la procedencia del pedido de repetición de pagos, teniendo en cuenta la limitación establecida en el artículo 1069 del Código Aduanero, que restringe la repetición cuando la liquidación ha sido objeto de impugnación administrativa. El Tribunal evaluó además el estado procesal de la cuestión, la firmeza de la sentencia judicial que declaró la nulidad de las resoluciones ONCCA, y la aplicabilidad de garantías constitucionales como la defensa en juicio y el derecho a la tutela judicial efectiva. También se trataron aspectos relativos a la moneda en que debía efectuarse la devolución y el cálculo de intereses. El tribunal fundamentó su decisión con base en precedentes internos y tratados legales conexos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: