Cencosud SA (TF 29.535-A) c/DGA
El procedimiento de repetición no es procedente si la liquidación que originó el pago fue revisada en un procedimiento de impugnación con resolución definitiva; en ausencia de tal resolución, es posible iniciar el proceso de repetición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que rechazó la solicitud de devolución de tributos pagados por una empresa exportadora en concepto de derechos de exportación, derivados de una liquidación suplementaria vinculada a la aplicación retroactiva de una ley que incrementó las alícuotas aduaneras. Se discutieron la validez constitucional de la ley, la competencia del procedimiento administrativo, la prescripción y la procedencia del reclamo de repetición. El Tribunal examinó la interpretación de normas aduaneras y tributarias, la aplicación del principio de irretroactividad, la existencia de pronunciamiento definitivo en el procedimiento administrativo previo y los estándares para el cálculo de intereses resarcitorios, incorporando precedentes jurisprudenciales y doctrina sobre seguridad jurídica y tutela judicial efectiva. El análisis incluyó la correcta determinación de la moneda y tasa de interés para la devolución, en un contexto económico inflacionario, ponderando criterios constitucionales y legales.
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