PBB POLISUR SRL c/ D.G.A s/ Recurso de Apelación
La competencia para juzgar infracciones relacionadas con declaraciones inexactas en importaciones corresponde a la Dirección General de Aduanas, no quedando excluida por disposiciones relativas al control cambiario atribuido al Banco Central.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la apelación contra una resolución administrativa que condenó a una empresa por declaración inexacta en una operación de importación. La controversia se centró en una diferencia detectada entre el valor FOB declarado en la destinación aduanera y el monto efectivamente girado al exterior, cuestionándose si dicha discrepancia configuraba la infracción prevista en el artículo 954 incisos a) y c) del Código Aduanero. Se discutió la validez de la imputación aduanera respecto a la competencia y la naturaleza de las observaciones, la interpretación del tipo infraccional en cuanto a la correlación entre declaraciones y pagos externos, y la existencia de perjuicio fiscal derivado de la diferencia en valores. El Tribunal examinó pruebas contables y bancarias relativas a la operación, la devolución posterior de un monto similar a la diferencia alegada y la aplicabilidad del régimen sancionatorio, junto con estándares jurisprudenciales y normativos sobre la precisión de las declaraciones y el control aduanero del tráfico internacional de mercaderías.
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