CASAL DE REY MARCELA SOLEDAD Y CASAL DE REY JULIO s/ APELACIÓN
Los métodos presuntivos para la determinación de tributos son válidos solo cuando no existan elementos fehacientes para determinar la materia imponible, debiendo agotarse previamente medios que permitan reconstruirla de modo directo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la legitimidad y alcance de determinaciones de oficio por parte del fisco nacional relativas a la omisión en la declaración de una cuenta bancaria en el exterior y acreditaciones bancarias en el país correspondientes al Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre los Bienes Personales del periodo fiscal 2016. Los recurrentes cuestionaron la atribución de cotitularidad en la cuenta del exterior, la multiplicidad del impuesto exigido y la presunta vulneración de derechos a la intimidad y al debido proceso, así como la prescripción de las multas aplicadas. El Tribunal examinó pruebas documentales, regulaciones del régimen simplificado, el procedimiento de fiscalización y la aplicación de normas internacionales de intercambio automático de información. Analizó la procedencia del método presuntivo para la determinación de oficio, la carga de la prueba en materia tributaria, la configuración y graduación de las sanciones conforme a la intención dolosa, el régimen legal vigente sobre suspensión y prescripción de acciones y multas tributarias, y la validez y alcance del desistimiento conforme a un régimen legal de normalización tributaria.
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