ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La carga de la prueba para acreditar el cumplimiento de las obligaciones de reexportación en regímenes de importación temporaria recae inexcusablemente sobre el importador o su garante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso analizado corresponde a una controversia aduanera respecto de la importación temporaria de mercadería y el incumplimiento del plazo para su reexportación, lo que motivó la aplicación de una infracción prevista en el Código Aduanero. La controversia gira en torno a la responsabilidad de la aseguradora que otorgó un seguro de caución como garante de la obligación tributaria, la cuantificación y exigibilidad de la deuda tributaria, la procedencia y aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), y la inclusión o exclusión de ciertos rubros tributarios adicionales. Se discute además la carga de la prueba sobre el cumplimiento de las obligaciones por parte del importador, la aplicación de normas relativas a concursos y quiebras en el contexto aduanero, y el tratamiento de la relación jurídica entre la Aduana y la aseguradora bajo la legislación civil y comercial. El Tribunal examina los aspectos normativos y jurisprudenciales relacionados con el régimen de importación temporaria, la aplicación del CER conforme a la legislación vigente, y la responsabilidad limitada de la aseguradora en función del monto garantizado, con análisis específico sobre la procedencia de intereses y accesorios, así como sobre los límites de la obligación y la exclusión de ciertos rubros tributarios adicionales.
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