MARITIMA MARSA SRL c/ DGA s/ recurso de apelación
Los repuestos de máquinas y otros suministros a bordo están comprendidos en el concepto de rancho que debe ser declarado en el manifiesto conforme a los arts.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la imposición de sanciones aduaneras a una agencia marítima por la no declaración de repuestos y una diferencia en la cantidad de aceite lubricante a bordo de un buque. La controversia giró en torno a la aplicación de las normas del Código Aduanero relativas a la obligación de declarar el manifiesto de rancho, la definición y alcance del concepto de "rancho", y la valoración de la mercadería no declarada, además de la pertinencia de la multa por diferencias en la declaración del combustible. Se analizó la validez y jerarquía de tratados internacionales en comparación con normas internas, la correcta identificación del lugar donde se halló la mercadería no declarada, y la insuficiencia probatoria para determinar la responsabilidad en la diferencia detectada de lubricante. El Tribunal examinó el régimen legal para las infracciones aduaneras, la carga probatoria y la aplicación del principio "in dubio pro reo" en casos de dudas vinculadas a declaraciones imprecisas o no justificadas ante el servicio aduanero.
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