A. MUTZ y CÍA. S.R.L. c/ DGA s/ recurso de apelación
El Tratado de Asunción no impone una prohibición concreta y perentoria para los Estados Parte de establecer derechos de exportación en el comercio intrazona.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de la repetición de derechos de exportación abonados en exceso por la exportación de mercaderías originarias de Brasil, país miembro del MERCOSUR, en atención a la vigencia de la Resolución Ministerial 11/02 y su compatibilidad con el Tratado de Asunción y la Constitución Nacional. Se controvirtieron la interpretación y alcance de las normas del MERCOSUR en materia de prohibición de gravámenes en el comercio intrazona, la jerarquía normativa de los tratados internacionales respecto de leyes nacionales, y la validez constitucional de la resolución que estableció dichos derechos de exportación. El Tribunal examinó la normativa mercosuriana y sus alcances, la doctrina de la Corte Suprema de Justicia respecto a la integración regional y derechos de exportación, así como la normativa aduanera nacional, evaluando principios de legalidad tributaria y el alcance de la interpretación conforme al derecho internacional público y la Constitución.
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