ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto cuando existen pronunciamientos divergentes y debe seguir la interpretación uniforme fijada en plenario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se sustanció un recurso de apelación contra la denegación de la devolución del pago de derechos de exportación efectuado bajo la aplicación del Decreto 131/2022. El recurrente planteó la inconstitucionalidad de dicho decreto, señalando que imponía alícuotas superiores en violación al principio de legalidad tributaria y a la garantía de propiedad privada establecidas en la Constitución Nacional. Se analizó la competencia del Tribunal Fiscal para declarar inconstitucionalidades y se apeló a precedentes relevantes como el caso "Camaronera Patagónica" y la doctrina plenaria sobre la delegación legislativa en materia tributaria. El Tribunal examinó el alcance de la validez del decreto impugnado, considerando tanto la doctrina plenaria obligatoria del Tribunal como la jurisprudencia de la Corte Suprema, y sopesó las limitaciones al poder delegado por el Legislativo en materia tributaria.
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