Sentencia TFN INLEG-2025-144263560-APN-VOCXX#TFN
La omisión de notificar la vista de lo actuado en un procedimiento sumarial aduanero vicia de nulidad absoluta e insanable los actos administrativos posteriores relacionados con la imputación de una infracción y liquidación tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa emitida por la Dirección General de Aduanas en el marco de un procedimiento sumarial por presunta infracción aduanera relacionada con el incumplimiento del régimen de importación temporaria. Se discutió la validez del procedimiento administrativo, particularmente la omisión de notificar la vista de lo actuado para ejercer el derecho de defensa, en contraposición con lo exigido por el Código Aduanero. Además, se cuestionó la fundamentación y sustento del acto administrativo que archivó el sumario, sujetándose a una instrucción general que establece criterios para el archivo de sumarios por montos bajos, y se evaluó el cumplimiento de los requisitos procedimentales indispensables para configurar la infracción y exigir tributos derivados. El Tribunal examinó la naturaleza del procedimiento, la obligatoriedad del otorgamiento de vista al interesado, la aplicación de instrucciones generales del organismo aduanero y los principios constitucionales vinculados al debido proceso y la seguridad jurídica.
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