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LDC ARGENTINA SA c/DGA s/recurso de apelación

El pago del derecho de exportación realizado conforme a la liquidación generada por el sistema informático oficial en el momento del registro de la destinación de exportación produce efecto liberatorio de la obligación tributaria aun cuando la alícuo

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó la legalidad de una resolución administrativa que confirmó cargos adicionales por derechos de exportación sobre operaciones de exportación de biodiesel, debido a una divergencia entre la alícuota aplicada por el sistema informático a la fecha de registro y la alícuota efectiva establecida por la Unidad Ejecutiva Interdisciplinaria de Monitoreo según decreto vigente. Se discutió si la obligación tributaria queda extinguida con el pago conforme a la liquidación efectuada por el sistema informático, pese a que este aplicó una alícuota desactualizada por razones operativas ajenas al contribuyente. El Tribunal analizó las normas aplicables del Código Aduanero y los efectos liberatorios del pago al amparo de jurisprudencia previa que establece que el error del ente recaudador no puede perjudicar al contribuyente si no hay dolo o culpa grave, evaluando especialmente la aplicación analógica de doctrina previa relativa a hidrocarburos para el caso del biodiesel.

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