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El beneficio de litigar sin gastos se fundamenta en el principio de igualdad de las partes dentro del proceso y su presupuesto de hecho es la insuficiencia económica del peticionario, que no requiere llegar a la indigencia.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó una solicitud de beneficio de litigar sin gastos presentada por una sociedad comercial en el contexto de un incidente previo, donde se argumentó una situación económico-financiera delicada con riesgo de disolución y suspensión de actividades. Se examinó la pertinencia de otorgar la exención del pago de la tasa de actuación en función de la insuficiencia económica alegada por la actora y la suficiencia de la prueba aportada para acreditar dicha situación. El Tribunal evaluó los requisitos legales para el beneficio procesal, la naturaleza del riesgo comercial y la jurisprudencia aplicable, además de la actividad procesal realizada y la adecuación a los principios constitucionales de igualdad y defensa en juicio.

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