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BULJEVICH, AUGUSTO

Para que proceda la nulidad procesal debe existir un vicio que genere indefensión, y es necesario que se acrediten perjuicios o violaciones concretas a derechos de defensa.

Iva Ganancias Bienes personales Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra resoluciones administrativas que determinaron de oficio el impuesto al valor agregado, impuesto a las ganancias e impuesto sobre los bienes personales correspondientes al ejercicio fiscal 2009, con adopción de sanciones para el contribuyente. La controversia se centró en la nulidad alegada por falta de decisión fundada y rechazo de pruebas ofrecidas, la existencia y validez de determinados pasivos y ajustes de ingresos exentos o no gravados, así como en los métodos y fundamentos utilizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos para efectuar las determinaciones. El Tribunal examinó la posibilidad y límites del uso de métodos presuntivos en la determinación tributaria, los estándares de prueba exigibles para acreditar las operaciones declaradas frente a observaciones fiscales, y la relevancia y valor probatorio de la prueba testimonial frente a la documental. Además, se consideró el régimen sancionatorio aplicable a omisiones e inexactitudes en las declaraciones juradas, y la procedencia del error excusable como eximente de responsabilidad tributaria. El análisis tuvo presente los fundamentos de los actos administrativos impugnados, la carga de la prueba en sede administrativa y la incidencia de la producción o desistimiento de prueba en la instancia recursiva.

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