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Coraquillo Bolo Jonathan Estarki s/recurso de amparo

El recurso de amparo previsto en el artículo 182 de la ley 11.683 procede cuando existe demora excesiva e injustificada en la actuación de la Administración en la resolución de trámites iniciados por los contribuyentes, previa presentación de un pedi

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo presentado por un contribuyente que reclamaba por la demora excesiva e injustificada en la resolución de una solicitud de devolución de percepciones aplicadas sobre operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, presentada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanera (ARCA). El organismo fiscal respondió que la solicitud estaba sujeta a fiscalización debido a inconsistencias detectadas en la capacidad contributiva del solicitante y que se había cursado un requerimiento para la presentación de documentación adicional. El Tribunal examinó si existió mora administrativa conforme a los plazos razonables para la resolución de solicitudes de devolución en contexto de ausencia de términos legales específicos, y evaluó la diligencia del organismo fiscal en el trámite, considerando la naturaleza del recurso de amparo para obligar a la administración a expedirse sin entrar al fondo del reclamo.

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