BUNGE ARGENTINA SA c/ DGA s/ recurso de apelación
La repetición de tributos abonados a requerimiento del servicio aduanero sólo es procedente cuando la respectiva liquidación no haya sido objeto de revisión por procedimiento de impugnación administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación interpuesto contra la resolución que denegó la devolución de tributos abonados en virtud de una liquidación suplementaria relacionada con cargos emitidos en aplicación de resoluciones administrativas declaradas judicialmente nulas. La controversia involucra la interpretación del artículo 1069 del Código Aduanero, específicamente sobre la procedencia del procedimiento de repetición cuando la cuantía impugnada ya fue objeto de revisión administrativa o judicial, y el impacto de dichas revisiones en la estabilidad de los actos firmes. Se discutieron cuestiones relativas a la aplicación retroactiva de leyes y regulaciones, la nulidad de actos administrativos que sustentaron el cargo, y la determinación de la tasa de interés adecuada para la devolución de sumas pagadas en exceso. El Tribunal analizó el régimen jurídico aplicable, el alcance del derecho de defensa, la competencia para declarar la inconstitucionalidad de normas y la proporcionalidad de las tasas de interés fijadas por el Estado en contextos inflacionarios. Se valoró la suficiencia de los fundamentos del rechazo a la devolución en base al formalismo legal y se consideraron precedentes jurisprudenciales relevantes.
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