SYNGENTA AGRO SOCIEDAD ANONIMA c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
La existencia de ventas sucesivas entre empresas vinculadas no implica por sí sola que el precio declarado en la importación sea inexacto o que exista maniobra fraudulenta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación respecto a la imposición de una multa por parte de la autoridad aduanera basada en la supuesta sobrefacturación en importaciones de semillas, detectada mediante el sistema INDIRA y la comparación entre valores declarados en la exportación desde Brasil y los declarados en la importación en Argentina. Se discute si las diferencias en precios declarados constituyen una infracción conforme al artículo 954, inciso c) del Código Aduanero, considerando la existencia de ventas sucesivas y la participación de empresas vinculadas. El Tribunal examina la legitimidad de las ventas sucesivas, la interpretación del valor de transacción conforme al Acuerdo de Valoración del GATT y la carga de la prueba en cuanto a la veracidad del valor declarado, determinando los parámetros para valorar la exactitud o inexactitud de tales declaraciones.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: