EX-2025-111125518-APN-SGASAD#TFN (VITERRA ARGENTINA SA
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto cuando el reclamo se plantea ante él, salvo que la Corte Suprema haya declarado previamente dicha inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso en análisis discute la procedencia de la devolución de derechos de exportación abonados por una empresa en virtud del Decreto 793/2018. La controversia se centra en la constitucionalidad del mencionado decreto, que fijó un derecho ad valorem del 12% para todo el universo arancelario, y si esta norma fue dictada con adecuada habilitación legal de acuerdo con el principio de legalidad tributaria. Se examinan los argumentos relativos a la facultad del Poder Ejecutivo para establecer tributos sin ley formal específica y la posible afectación del principio de reserva legal y prohibición de delegación legislativa en materia tributaria en la Constitución. El Tribunal analiza la cuestión conforme a precedentes judiciales, incluyendo la doctrina sentada por la Corte Suprema en casos análogos y las reglas contenidas en el Código Aduanero, además de evaluar la aplicabilidad de una doctrina legal previamente establecida por el propio Tribunal Fiscal mediante un acuerdo plenario. Se consideraron también cuestiones relativas a la determinación del momento imponible y la validez temporal del decreto en cuestión, y se valoró la imposición de costas atendiendo la naturaleza de la resolución y la etapa procesal.
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