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PIRO ANA MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaratoria de herederos de ANA MARIA PIRO tras su fallecimiento. El Tribunal declara herederos a sus cuatro hijos, al no existir testamento ni oposición del Agente Fiscal.

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¿Quién es el actor?

PEDRO ANTONIO CAÑELLAS PIRO; ANA CECILIA CAÑELLAS PIRO; MARIA SOLEDAD CAÑELLAS PIRO; GUADALUPE DELIA CAÑELLAS PIRO

¿A quién se demanda?

No hay demandado específico.
- Objeto de la demanda: Declaratoria de herederos de ANA MARIA PIRO.
- Decisión del tribunal: Se declara a los hijos como herederos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con el certificado de defunción del 28 de agosto de 2025 se justifica el fallecimiento del causante de autos ANA MARIA PIRO ocurrido el día 28 de octubre de 2023 en Bahía Blanca." "Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 23 de diciembre de 2025, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre de la causante." "Por ello, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2424, 2.426 del Código Civil y Comercial y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de ANA MARIA PIRO le suceden en carácter de herederos sus hijos."

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