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BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. C/ FRANCO CARLOS R. Y OTRO S/ COBRO EJECUTIVO (EXCEPTO ALQUILERES,ARRENDAMIENTOS,EJEC.ETC)

El Banco Credicoop Coop. Ltdo. desistió de la acción en un proceso de cobro ejecutivo. El Tribunal declaró extinguida la acción y reguló los honorarios de los abogados intervinientes.

Cobro ejecutivo Desistimiento Extincion del proceso Honorarios Costas Inhibicion general de bienes Aportes de ley Ley 6.716 Art. 305 c.p.c. Tribunal

Actor: Banco Credicoop Coop. Ltdo. Demandado: Carlos R. Franco; Otro Objeto: Cobro ejecutivo Decisión: Se acepta el desistimiento de la acción y se declaran extinguidas las pretensiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Téngase presente el desistimiento de la acción y del derecho que se formula y conforme a lo dispuesto por el art. 305 del C.P.C., declárese extinguido el proceso y renunciada la pretensión, debiendo el actor soportar las costas del juicio (art. 73 cód. cit.)." Además, se regulan los honorarios en la suma de PESOS CINCUENTA MIL para cada abogado.

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