CAUSA N° 908/2023 (I.P.P. N° 03-02-006410-19) B., A. F. S/ ROBO, ENCUBRIMIENTO A B., A. K. EN LA LUCILA DEL MAR (DL-908-2023 J.C.N°1)
Se presenta un escrito en el marco de un incidente procesal. La Cámara ordena la vista al Defensor Oficial y establece un plazo para su respuesta.
Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Presentación de un escrito. Decisión: Se ordena la vista al Defensor Oficial por tres días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por recibido el escrito que antecede, tiénese presente, agréguese y pase la causa en vista al Defensor Oficial, por el término de tres días (arts. 205 in fine y 437 del C.P.P.). Vencido el plazo dispuesto, se dará por decaído el derecho."
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