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N. R. F. C/ N. M. F. S/ ALIMENTOS

El demandado apeló la regulación de honorarios de la perito trabajadora social en un proceso de alimentos. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial revocó la resolución, estableciendo que la regulación de honorarios se realizará al momento de dictar sentencia.

Proceso de alimentos Regulacion de honorarios Perito trabajadora social Honorarios provisorios Sentencia Costas Camara de apelacion Derecho de familia C.p.c.c. Provincia de buenos aires

Actor: N. R. F. Demandado: N. M. F. Objeto: Regulación de honorarios de la perito trabajadora social. Decisión: Se revoca la regulación de honorarios y se establece que se llevará a cabo al momento de dictar sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El momento para regular honorarios, como principio, es el de dictar sentencia. [...] no surge previsión alguna que contemple la figura de los honorarios provisorios. [...] se deberá revocar el fallo apelado, dejando sin efecto la regulación de honorarios llevada a cabo."

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