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OTERO MAGARIÑOS EUGENIO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Las hijas de Eugenio Otero Magariños y María Godoy solicitaron la declaración de herederos tras el fallecimiento de sus padres. El Tribunal declaró a las hijas y a la cónyuge como universales herederos, conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial.

Sucesiones Herencia Universales herederos Codigo civil y comercial Codigo procesal civil y comercial Fallecimiento Declaracion de herederos Bienes gananciales Causantes Intervencion del ministerio fiscal

Actor: Sandra Mariela Otero; Gabriela Analía Otero Demandado: Eugenio Otero Magariños; María Godoy Objeto: Declaración de herederos tras el fallecimiento de los causantes. Decisión: Se declara a las hijas y a la cónyuge como universales herederos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Eugenio Otero Magariños le suceden en carácter de universales herederos sus hijas Sandra Mariela y Gabriela Analía Otero y Godoy, y su cónyuge súpertite María Godoy... 2.
- Que por el fallecimiento de María Godoy le suceden en carácter de universales herederos sus hijas Sandra Mariela y Gabriela Analía Otero y Godoy."

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