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SVENSSON EDUARDO NORBERTO C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSIÓN CESACIÓN DE VÍA DE HECHO ADMINISTRATIVA -RECURSOS EXTRAORDINARIOS DE INAPLICABILIDAD DE LEY-

El actor interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la inadmisibilidad de su apelación en un proceso de cesación de vía de hecho administrativa. La Corte revocó la decisión de la Cámara, considerando que la apelación era tempestiva y debía ser admitida.

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Actor: Eduardo Norberto Svensson Demandado: Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cesación de vía de hecho administrativa y restitución en tareas laborales. Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario, revocando la inadmisibilidad de la apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Cámara de Apelación declaró inadmisibles los recursos deducidos por ambas partes, considerándolos extemporáneos. Sin embargo, la Corte concluyó que el plazo de apelación debía ser de diez días, conforme al art. 56 inc. 1 del Código Contencioso Administrativo, y no de dos días como había interpretado la Cámara." "La acción de cesación de vía de hecho administrativa se rige por el Código Contencioso Administrativo, que establece un plazo de diez días para interponer el recurso de apelación, lo que prevalece sobre la interpretación restrictiva de la Cámara." "Se revoca el pronunciamiento de la Cámara que declaró inadmisible la apelación, considerándola tempestiva."

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